4

41. La extensión de los derechos

Los derechos recogidos en el estatuto de ciudadanía son, para muchos, aún escasos y afectan a un número reducido de europeos, por lo que para la mayoría de los ciudadanos son irrelevantes.

El más importante es, sin lugar a dudas, el de libre circulación y residencia. Se ha avanzado notablemente desde el Tratado de Roma, en el que la libertad de desplazamiento y estrictamente ligada a la actividad laboral, pero aún siguen habiendo limitaciones que hay que eliminar. Pese a los acuerdos y el convenio de Schengen, cualquier país puede restablecer los controles fronterizos si ve su seguridad amenazada, el permiso de residencia sigue teniendo distintas limitaciones…

Los demás derechos tienen un reflejo muy débil en la vida cotidiana de los europeos: el derecho de apelar al Defensor del Pueblo sólo se refiere a los asuntos de competencia comunitaria; el derecho de petición al Parlamento ya existía y se dirige a un Parlamento con aún muy escasos poderes; el derecho de sufragio en otro país miembro afecta a un número importante, pero claramente minoritario de europeos, el derecho de protección diplomática solo concierne a los europeos que visiten un tercer país en el que no haya embajadas o consulados de su propio estado…

Siguiendo las opiniones del “euroescéptico” Rahlf Dahrendorf, la ciudadanía europea está aún a mitad de camino entre lo que el denomina ciudadanía “teórica o blanda” (cierto sentimiento de formar parte de un comunidad, de tener unas ciertas aspiraciones y valores comunes) y la ciudadanía “concreta o fuerte” (derechos concretos -voto, juicio justo, expresión, asociación…- que se pueden reivindicar e instituciones jurídicas a las que podemos acudir para ejercer nuestros derechos).

El gran debate de los próximos años será este, ¿damos fuerza y concreción al estatuto de ciudadanía europeo, o lo mantenemos en un nivel en gran medida teórico?

Un paso, criticado por algunos, ha sido la creación de un grupo de expertos que han redactado una Carta de Derechos Fundamentales para ser adoptada por la Unión Europea. El primer documento ha sido aprobado en verano del 2000 y aún está pendiente de debate y aprobación por los órganos comunitarios.

42. Inclusión o exclusión

El concepto de ciudadanía desde la Grecia clásica ha experimentado, lógicamente, importantes cambios, sin embargo, hay algo que continua invariable, se basa en “una regla de exclusión”, en definir claramente quiénes son y, sobre todo, quiénes no son ciudadanos.

¿Quién tiene derecho a la ciudadanía europea?

Una de las paradojas de la ciudadanía europea es que, al accederse a ella exclusivamente a través de la posesión de la ciudadanía de uno de los estados miembros de la Unión, hay diferentes formas de acceder a ella. Una misma persona procedente de un país tercero, con las mismas condiciones y años de residencia, podrían nacionalizarse como ciudadanos de un estado miembro y, por ende, europeo, en unos estados miembros; mientras que en otros continuaría siendo extranjero.

Alemania, cuya legislación sigue basándose esencialmente en el “derecho de sangre” niega la nacionalidad alemana a un turco de tercera generación, sus padres y él nacieron en Alemania, mientras que otorga automáticamente la nacionalidad a cualquier alemán étnico procedente de la antigua Unión Soviética, aunque no conozca ni la lengua ni la cultura alemana. En otros países, como Francia, ese emigrante de tercera generación habría ya adquirido la nacionalidad francesa y la ciudadanía europea.

La ciudadanía europea ha nacido basándose en la exclusión de los millones de nacionales de terceros países (NPT) que viven dentro de sus fronteras. De hecho, la permeabilidad de las fronteras interiores introducida por el Acuerdo y el Convenio de Schengen, ha venido acompañado del levantamiento de mayores barreras en las fronteras exteriores de la Unión y en el endurecimiento en la tramitación del derecho de asilo. El ejemplo más sangrante de esto son el paso de las “pateras” por el Estrecho de Gibraltar camino de la ansiada Europa. Un viaje que a menudo acaba en tragedia.

El gran dilema al que se enfrenta una Europa que quiere construirse en el respeto de las identidades nacionales de los diversos países que la conforman, es si los millones de NPT que la pueblan y que, en algunas ciudades, barrios o comarcas suponen un parte esencial del “paisaje humano”, son parte de la Europa, del “pueblo europeo”, de la “identidad europea” en la que se deberá de basar la ciudadanía de la Unión.

Hoy por hoy se ha impuesto lo que podemos denominar una visión reduccionista y conservadora de lo que es Europa. ¿Podrá continuarse durante mucho tiempo negando la realidad?

43. La participación democrática

Tras la firma del Tratado de la Unión Europea en 1992, lo que los analistas han denominado “déficit democrático”, se ha hecho más evidente. Se trata de un proceso en el que importantes competencias, el ejemplo más señero es la moneda única, han pasado de las instituciones nacionales, elegidas y legitimadas democráticamente, a unas instituciones europeas que carecen o apenas tienen refrendo democrático de los pueblos europeos. La Comisión Europea es designada por los Gobiernos de los Estados y el control que sobre ella tiene el Parlamento Europeo es muy débil; el Consejo de la Unión Europea es un órgano esencialmente intergubernamental y, aunque cada vez son más los temas que se deciden sin ser necesaria la unanimidad, continua básicamente bajo la dependencia de los Gobiernos de los Estados miembros. Por último, el Parlamento es el único organismo legitimado democrática ya que desde 1979 sus miembros son elegidos por sufragio universal, sin embargo, la escasez de sus poderes hace que sus debates y decisiones sean, en general, muy poco conocidas en la opinión pública.

Todos estos organismo son vistos por los europeos como organismos lejanos y dominados por una burocracia tecnocrática.

La única manera de construir una verdadera ciudadanía europea pasa por enjugar este “déficit democrático”. La ciudadanía no sólo es algo pasivo, es decir, disfrute de una serie de libertades y derechos, sino que, ante todo, debe ser una ciudadanía activa, basada en la participación política y cívica. Las ciudadanías nacionales se han ido construyendo históricamente en base a esa participación de la sociedad, participación que a menudo ha adoptado la forma de luchas y conflictos, y que ha ido desarrollando un conjunto de derechos (civiles, políticos y sociales) y deberes, y una conciencia de identidad.

principios del 2000, Joshka Fischer, ministro de Asuntos Exteriores alemán volvió a poner en el tapete el gran sueño europeo: la construcción de un estado europeo que, por supuesto, debería ser federal, en el que hubiera instituciones (Presidente, Parlamento…) elegidas por el pueblo, responsables ante él y con unos poderes políticos de cierta magnitud. Los ciudadanos de ese estado tendrían unos derechos y deberes, y existirían unas instituciones judiciales ante las cuales los ciudadanos podrían reclamar sus derechos. Se trata en definitiva, y este es uno de los grandes debates a fines del 2000, de la aprobación de una verdadera Constitución Europea.

44. La aparición de una identidad europea

El concepto de identidad europeo es, cuanto menos, problemático. La mayor parte de los habitantes de nuestro continente nos sentimos, en mayor o menor grado, “europeos”, pero la mayoría de los ciudadanos sienten de manera más clara y fuerte su pertenencia a Francia, España o Alemania o, también, a Cataluña, Escocia, Bretaña o Flandes. Es cierto que todas esas identidades son difícilmente separables y que, a menudo, se entremezclan con otros sentimientos de pertenencia (género, grupo étnico o racial, ideario político, afinidades culturales…)

La unificación europea requiere la construcción de una identidad europea, pero esta no existe. No hay una homogeneidad lingüística, ni cultural. No se puede construir sobre elementos como el cristianismo, ni la democracia, ni la identidad económica, ni mucho menos, sobre una identidad étnica.

Son muchos los estudiosos que últimamente han tratado de desentrañar qué significa eso de ser europeo.

Samuel Huntington, célebre teórico norteamericano, afirma que Europa termina donde empieza la Cristiandad oriental ortodoxa y el Islam. ¿Grecia, miembro de la UE, no es entonces un país europeo? Los musulmanes que llevan décadas viviendo en cualquier barrio de Londres, París o Düsseldorf ¿no son europeos?.

Desde otra perspectiva, el francés Henry Mondrasse ha afirmado que existe una identidad cultural común que podría servir de base para una unidad política. Esta identidad estaría basado en la idea individualista, la idea de nación desarrollada en los últimos siglos, una cierta forma de combinar ciencia y tecnología en el desarrollo capitalista, y una cierta idea de democracia representativa y parlamentaria. Partiendo de esta definición ¿podrían ser europeos un habitante de EE.UU. o de Australia? ¿y un ruso o un búlgaro?

Lo que es evidente es que la identidad europea no podrá surgir de una uniformización cultural imposible, ni deberá construirse contra el “otro” (el Islam sería el más posible candidato a personificar ese otro).

Una de las propuestas más sugestivas ha sido popularizada por el pensador alemán Jurgen Habermas. En una democracia liberal, los ciudadanos deben de ser leales y sentirse identificados no con una identidad cultural común, sino con unos principios constitucionales que garanticen plenamente sus derechos y libertades. Esta propuesta es especialmente sugestiva, entronca con lo mejor de la tradición liberal y tolerante de Europa, y huye y combate al nacionalismo étnico, el gran enemigo de la paz y la libertad en la Europa que se adentra en el siglo XXI.

Protegido por derechos de autor